Calcula en un minuto la garantía que te pedirá la AEAT para aplazar, fraccionar o suspender una deuda, el valor mínimo que debe tener el inmueble y el plazo máximo que puedes pedir. Con la normativa vigente a 2026.
Normativa revisada a 2026. El resultado es orientativo: la cuantía exacta la fija la AEAT o el tribunal al resolver, y calcula los intereses por días. Si tu caso tiene matices, te lo revisamos gratis.
Se suman la deuda que quieres aplazar, otras solicitudes pendientes y los plazos que te queden de aplazamientos sin garantía. Sin garantía, el plazo máximo habitual es de 12 meses para empresas y 24 para particulares y autónomos.
Orden HFP/311/2023 · Instrucción 2/2023 del Departamento de RecaudaciónEn periodo voluntario: deuda, intereses del aplazamiento y un 25 % de la suma de ambos. En periodo ejecutivo: deuda con el recargo del 20 %, intereses y un 5 % adicional. En los fraccionamientos, los intereses se calculan por cada cuota.
Arts. 48 y 53 del Reglamento General de Recaudación · art. 28 LGTHacienda cobra el interés de demora. Solo si la deuda está garantizada en su totalidad con aval de banco o de SGR, o con seguro de caución, se aplica el interés legal del 3,25 %. Con hipoteca se paga el de demora.
Art. 26.6 LGT · tipos de la Ley 31/2022 de Presupuestos, prorrogada en 2026Hasta 60 meses con aval o seguro de caución, 36 con un inmueble urbano libre de cargas, 24 con otras garantías (incluido un inmueble con cargas o una finca rústica) y 12 con dispensa de garantías.
Instrucción 2/2023 del Departamento de Recaudación de la AEATUn inmueble urbano libre de cargas debe cubrir el importe a garantizar. Con cargas, lo que quede tras descontarlas debe superar el 115 %. Una finca rústica debe llegar al 200 %. Para ir sobre seguro, aplicamos esos porcentajes al importe a garantizar completo.
Instrucción 1/2023 de garantías, instrucción terceraEn aplazamientos y fraccionamientos vale un perito con titulación suficiente, aunque Hacienda prefiere un tasador inscrito en registro oficial. En suspensiones, la tasación tiene que hacerla una sociedad o profesional inscrito. Nunca sirve la valoración de un agente inmobiliario.
Instrucción 1/2026, de 7 de abril, que modifica la Instrucción 1/2023La garantía cubre el importe recurrido, los intereses de demora y el recargo del 20 % que se cobraría si hubiera que ejecutarla. Los intereses se calculan por 1 mes en reposición y por 6 meses, 1 año o 2 años en la vía económico-administrativa. Con depósito, aval o seguro de caución la suspensión es automática; con hipoteca, la acuerda el tribunal si no puedes aportar las anteriores, y no cabe en el recurso de reposición.
Arts. 224 y 233 LGT · arts. 25, 41 y 44 del RD 520/2005Te decimos si tu inmueble sirve, cómo justificar ante Hacienda que el banco no te avala y cuándo presentar la solicitud para que no te embarguen mientras tanto.
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